Pasivo insatisfecho

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El Gobierno no puede excluir los créditos públicos de las deudas exonerables del concursado contraviniendo con ello el derecho comunitario

22 de febrero de 2024 Jurisprudencia CONCURSAL

Extralimitación del Gobierno en el mandato del Parlamento para elaborar un texto refundido. El Derecho comunitario, al regular el derecho a la exoneración de deudas, dispone que "Los Estados miembros podrán excluir algunas categorías específicas de la exoneración de deudas", pero entre ellas no están incluidas las deudas públicas  

Un juez concede el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho a un concursado aplicando la Ley de Segunda Oportunidad

07 de mayo de 2015 Noticias Procedimiento concursal

En el caso, el magistrado entiende que se ha producido un "sobreendeudamiento pasivo", en el que el concursado  ha actuado responsablemente y de buena fe, pero que se ha visto desbordado "por contingencias inesperadas e imprevisibles", por lo que el ordenamiento jurídico no puede penalizar a los que han solicitado su amparo a través del mecanismo del concurso de acreedores. 

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